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Ley para la Protección de Inversiones
 
La Constitución Panameña promueve la propiedad privada, protege la propiedad intelectual, libertad de la actividad comercial y los principios de no discriminación. También proporcionan a los extranjeros en territorio nacional el mismo trato que a los ciudadanos Panameños en términos de derechos legales. Panamá ha firmado varios tratados legales y comerciales internacionales que brinda protección a la inversión extranjera. Ley No. 54 (Julio 1998) está vigente para proteger la estabilidad legal de las inversiones contra los cambios de las leyes que estuvieron en efecto al momento de que la actividad comercial fue incorporada. Las actividades comerciales que son elegibles para esta ley son; Turismo, Fabricas, Industrias, Exportación de Agrícola, Reforestación, Minería, Exportación de la Zona Libre, Comercios en la Zona Libre, Petróleo en la Zona Libre, Telecomunicaciones, Construcción, Puertos, Ferrocarriles y Generación Eléctrica, entre otros.

La mínima inversión requerida para incorporarse a este régimen es US$2,000,000. La ley extiende a un periodo de 10 años para protección una vez se ha registrado a las respectivas leyes de incentivos. Algunos beneficios y garantías de este régimen son:

  • Beneficios de estabilidad legal.
  • Beneficios de estabilidad de impuestos en contribuciones directas.
  • Beneficios de estabilidad de municipal.
  • Estabilidad en el régimen aduanero.
  • Estabilidad en el régimen laboral.
 
 
 
 
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